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Cobranza

Cobranza bancaria en Perú: Reglas de la SBS sobre gastos y comisiones por mora

Artículo por: Moonflow

27 ago. 2026 09:00:00

Cobranza bancaria en Perú

Respuesta rápida:

La SBS prohíbe a las entidades financieras trasladar al usuario comisiones o gastos por las gestiones de cobranza. Ante el atraso de un crédito, pueden aplicar el interés moratorio correspondiente, pero no cobrar penalidades ni otros cargos adicionales derivados del incumplimiento.

 

Resumen ejecutivo:

 

  • Las comisiones y gastos permitidos deben corresponder a servicios efectivamente prestados y cumplir los criterios establecidos por la SBS.

 

  • El interés moratorio debe estar previsto en las condiciones del crédito y aplicarse bajo las reglas de cálculo y transparencia establecidas por la normativa.

 

  • La Resolución SBS N.° 01741-2026 introduce nuevas reglas sobre pagos y regularización de deudas, aunque sus disposiciones tienen diferentes fechas de entrada en vigencia.

 

  • Para los bancos, estas restricciones hacen especialmente relevante controlar el costo, la trazabilidad y la supervisión de la operación de cobranza.

 

 



Si bien la SBS no regula específicamente la cobranza morosa en el Perú, sí establece reglas sobre los gastos, comisiones e intereses aplicables ante el incumplimiento.

 

Estas forman parte del Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, aprobado mediante la Resolución SBS N.º 3274-2017.

 

¿Qué establece la SBS sobre gastos y comisiones por cobranza?

 

El Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero establece criterios para la aplicación de tasas de interés, comisiones y gastos. En su Título III, señala que:

 

1. Las gestiones relacionadas con el cobro de créditos no pueden generar comisiones o gastos al cliente

 

Esto se debe a que el Reglamento las considera servicios esenciales o inherentes al crédito, por lo que no pueden cobrarse como un servicio adicional.

 

Ejemplo: si un cliente del Banco ABC se retrasa en el pago y la entidad contrata un call center para realizar las llamadas de cobranza, el banco no puede trasladar al cliente

el costo de estas gestiones mediante una comisión o gasto adicional asociado a la cobranza.

2. Los gastos y comisiones que sí pueden trasladarse al cliente deben corresponder a un servicio efectivamente prestado.

 

Es decir, no basta con que la entidad haya incurrido en un costo: el cobro debe corresponder a un servicio permitido por la normativa, haber sido previamente acordado y contar con un costo real y demostrable.

 

Ejemplo: si el Banco ABC traslada al cliente un gasto por servicios notariales vinculados a su crédito, debe poder acreditar que el servicio fue efectivamente prestado y sustentar el costo cobrado.

 

3. La entidad debe informar la tasa de interés moratorio o penalidad aplicable ante el incumplimiento.

 

Esto significa que el cliente debe conocer qué costo se aplicará si no cumple con el pago, además de las comisiones y gastos que correspondan al producto. Esta información debe comunicarse de manera clara, incluso antes de firmar el contrato de crédito.

 

Ejemplo: si el Banco ABC establece una tasa de interés moratorio de 10 % anual para un determinado crédito, esta condición debe ser informada al cliente como parte de las condiciones del producto. Si se produce un incumplimiento, la tasa aplicable será la que haya sido informada conforme a las condiciones pactadas.

 

Nota importante: que una comisión o gasto haya sido informado al cliente no significa que la entidad pueda cobrarlo. El cargo también debe cumplir con los criterios establecidos por la SBS y no encontrarse dentro de aquellos que la normativa prohíbe.

 

Por otro lado, los bancos deben detallar claramente el procedimiento matemático de cómo se calcula el interés moratorio o la penalidad, mostrando explícitamente cómo estos cobros varían en función a los días de incumplimiento.

 

4. Para que el banco pueda cobrar interés moratorio o penalidades debe cumplir con reglas estrictas

 

La principal es que el contrato de crédito y hoja resumen debe incluir obligatoriamente la tasa de interés moratorio o la penalidad aplicable desde el inicio. También debe advertir que el incumplimiento generará un reporte a la Central de Riesgos.

 

Nota importante: En el contrato están prohibidas cláusulas abusivas, por ejemplo, cualquier estipulación que faculte al banco a variar la tasa de interés moratorio o las penalidades sin previo aviso, o que intenten cobrar gastos que no cumplan con los criterios legales.

 

¿Qué conceptos puede cobrar una entidad financiera además de los intereses?

 

Se pueden resumir en:

 

  • Intereses. Los cuales se clasifican en:

 

    • Compensatorios: la tasa regular por el crédito concedido.
    • Interés moratorio: el que se aplica cuando hay atraso.

 

  • Comisiones. Corresponden a servicios adicionales del banco, pero que deben:

 

    • Ser efectivamente prestados.
    • Contar con costo real demostrable.
    • No corresponden a servicios esenciales o inherentes al producto financiero.

 

  • Gastos: Representan servicios prestados por terceros, necesarios, efectivamente prestados, demostrables y no ser inherentes al crédito:

 

    • Seguros.
    • Servicios notariales y registrales.
    • Tasaciones.

 

  • Tributos aplicables: Corresponden a cualquier impuesto determinado por ley que grave directamente la operación financiera.

 

¿Qué requisitos debe cumplir el cobro de intereses moratorios?

 

Para que la aplicación de estos conceptos moratorios sea válida y cuente con el sustento legal exigido por la SBS, el banco debe cumplir con las siguientes reglas:

 

  • Aceptación en el contrato: La tasa o penalidad exacta debe estar informada y estipulada desde el inicio en la Hoja Resumen y en el contrato.

 

  • Cálculo por días de atraso: El cobro debe sustentarse en una fórmula matemática clara, pública y accesible.

 

Nota Importante: El sustento se vuelve ilegal si el banco intenta modificar esta tasa de interés moratorio o penalidad sin previo aviso al usuario, o si intenta enmascarar los costos bajo nombres que incumplan los criterios de la SBS.

 

¿Cómo estructurar comisiones sin incurrir en cobros indebidos?

 

Para estructurar comisiones sin incurrir en cobros indebidos, las entidades bancarias pueden seguir esta hoja de ruta:

 

  1. Validar que sea un servicio adicional.
  2. Sustentar el costo real.
  3. Usar una denominación oficial.
  4. Excluir cobros de canales propios.
  5. Obtener la aceptación previa del cliente.
  6. Configurar reglas de transparencia.

 

2026: una actualización que los bancos deben tener en cuenta

 

En julio de 2026, la SBS emitió la Resolución SBS N.º 01741-2026 que, si bien no aborda directamente la cobranza de deudas en mora, establece nuevas reglas sobre las comisiones asociadas al pago de obligaciones. Entre ellas:

 

  • Información previa sobre comisiones: cuando un usuario realiza el pago de una obligación a través de otra entidad financiera, esta debe informarle antes de ejecutar la operación el concepto y monto de la comisión aplicable, de corresponder.

 

Por ejemplo, si un cliente paga una cuota de crédito desde la plataforma de otra entidad, debe conocer previamente si el pago genera una comisión y cuál es su monto.

 

  • Pagos a través de canales propios: la entidad titular del crédito no puede cobrar una comisión por recibir pagos mediante sus propios canales.

 

Por ejemplo, si un cliente paga una cuota de crédito mediante la app o web de la entidad que otorgó el crédito, no corresponde cobrarle una comisión por realizar ese pago.

 

  • Constancia de regularización gratuita: una vez que el cliente logra pagar y regularizar una deuda que había caído en mora, la entidad financiera está obligada a emitir una constancia que acredite dicho pago.

 

Por ejemplo, si un cliente del Banco ABC se atrasó tres meses, pero logra pagar todo el saldo vencido y ponerse al día, puede solicitar este documento. El banco debe entregarlo en un plazo máximo de siete (7) días hábiles y sin cobrarle absolutamente nada por el trámite.


En conclusión, aunque la SBS no regula el proceso operativo de la cobranza, sí traza límites estrictos frente al incumplimiento. Según su reglamento, todo cargo, interés moratorio o penalidad debe estar pactado previamente, justificado y calculado con total transparencia.

 

El rol de la IA predictiva en la cobranza bancaria regulada

 

Dado que la SBS prohíbe cobrarle al cliente por las gestiones de cobranza, los bancos deben asumir este costo operativo. Ante esta premisa, soluciones como los software de cobranza con IA permiten que la gestión sea rentable y cumpla con la normativa, puesto que:

 

  • Anticipan la morosidad: La IA predictiva detecta patrones de riesgo y activa recordatorios de pago tempranos antes del vencimiento.

 

  • Minimizan los costos operativos: Automatizan los flujos de contacto multicanal (WhatsApp, SMS, correos) sin depender de grandes equipos de call center.

 

  • Garantizan un trato estandarizado: Aseguran que todas las notificaciones respeten las normas de conducta de mercado, anulando el riesgo de prácticas abusivas por error humano.

 

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