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¿Qué métodos de cobranza están prohibidos en Perú?

En el afán de obtener el dinero que tus clientes te deben, podrías cometer el error de caer en lo que la Ley N° 29571 o Código de Protección y Defensa del Consumidor ha denominado métodos abusivos de cobranza. Estos son métodos prohibidos por la legislación y cuya aplicación podría ocasionar que tu empresa se haga acreedora de cuantiosas multas, entre otras sanciones; sin mencionar el daño que podría ocasionar a la reputación e imagen de tu negocio. 

En esta publicación te contamos cuáles son los métodos de cobranza prohibidos en el Perú y cómo puedes hacer para evitar caer en estos errores al cobrar. 


¿Qué vas a encontrar en este texto?

1. Enviar documentos de cobranza que aparenten tener carácter judicial

2. Comunicarse con terceros ajenos a la deuda

3. Realizar visitas o llamadas en horarios prohibidos

4. Colocar carteles o notificaciones exponiendo la deuda del consumidor 

5. Enviar personas con disfraces y carteles a cobrar al consumidor

6. Difundir la deuda sin contar con una orden judicial que lo permita

7. Enviar notificaciones de deuda al domicilio de un tercero

¿Cómo la tecnología puede ayudar a evitar cometer métodos abusivos de cobranza?


1. Enviar documentos de cobranza que aparenten tener carácter judicial

Este método suele ser usado por algunas empresas o personas para intimidar a la cartera, la cual puede pensar que se tomarán medidas legales en caso de que no se proceda con normalizar el pago. 

2. Comunicarse con terceros ajenos a la deuda

También es considerado un método abusivo debido a que al hacerlo se viola la privacidad y la reputación del deudor. En ese sentido, las empresas no deben realizar llamadas a familiares, amigos o colegas del consumidor informando sobre su morosidad. 

3. Realizar visitas o llamadas en horarios prohibidos

Existe un horario fijado en el Código de Protección y Defensa del Consumidor que las empresas con cuentas por cobrar deben respetar para evitar incurrir en prácticas prohibidas de cobranzas.

Según las regulaciones de dicho código, está prohibido realizar llamadas o visitas de cobranza en días sábados, domingos, feriados, así como en horas nocturnas, específicamente entre las 20:00 horas y las 07:00 horas. Esta restricción busca proteger la tranquilidad y privacidad del consumidor, evitando el acoso en momentos inoportunos.

4. Colocar carteles o notificaciones exponiendo la deuda del consumidor 

Salvo que el consumidor lo haya autorizado, las empresas no pueden colocar ni carteles ni ningún tipo de anuncio en el que se exponga la deuda del cliente, tanto en lugares públicos como privados. De esa manera se evita que se invada la privacidad del consumidor y se exponga información confidencial del mismo. 

5. Enviar personas con disfraces y carteles a cobrar al consumidor 

Este método de cobranza prohibido se refiere a la práctica de enviar a personas, ya sea disfrazadas, portando carteles relacionados con la deuda, o vistiendo de manera inusual, a las inmediaciones del domicilio o del centro de trabajo del deudor. La intención detrás de esta prohibición es evitar tácticas intimidatorias o vergonzosas que puedan afectar social, familiar, laboral o emocionalmente al consumidor. 

6. Difundir la deuda sin contar con una orden judicial que lo permita

Las empresas no pueden compartir información sobre deudores y sus deudas de manera generalizada, ya sea a través de medios de comunicación o cualquier otro medio, sin la debida autorización legal. Este requisito busca proteger la privacidad y la reputación de los deudores, asegurando que la divulgación de su situación financiera sea legalmente respaldada y justificada.

7. Enviar notificaciones de deuda al domicilio de un tercero 

Esta práctica está prohibida, a menos que exista un acuerdo contractual o que el deudor haya indicado un nuevo domicilio válido con la autorización previa, informada, expresa e inequívoca del propietario del bien inmueble. El objetivo es proteger la privacidad de terceros no involucrados en la relación financiera del consumidor y evitar prácticas invasivas de cobranza.

¿Cómo la tecnología puede ayudar a evitar cometer métodos abusivos de cobranza?

La tecnología, en la forma de un software para cobranza, desempeña un papel clave en la prevención de métodos abusivos de cobranza. Esto se debe a que estos sistemas automatizados permiten la programación inteligente de comunicaciones, evitando llamadas y notificaciones en momentos no permitidos.

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Además, el software garantiza el cumplimiento de regulaciones y normativas específicas, adaptándose a las leyes de privacidad y horarios establecidos. Asimismo, facilita un seguimiento preciso de todas las interacciones, promoviendo transparencia y evitando prácticas invasivas. 

Por otro lado, tiene la capacidad de gestionar de manera eficiente los datos del deudor para, de ese modo, enviar notificaciones electrónicas seguras, contribuyendo así a un proceso de cobranza ético y legal, protegiendo la privacidad y dignidad de los consumidores.

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